Explicar mi carta

Me ha llegado una carta de Hacienda: qué significa y qué hacer

Actualizado: octubre de 2026 · Lectura: 6 minutos

Recibir una carta de la Agencia Tributaria asusta, pero la mayoría tienen solución si actúas a tiempo. Aquí te explicamos, en palabras sencillas, qué tipo de carta puede ser, qué plazo tienes y qué pasa si no haces nada.

¿Prefieres que te expliquemos tu carta?

Hazle una foto y en segundos te decimos qué es, cuánto hay que pagar, qué plazo tienes y qué opciones hay, en tu idioma. 4,99 € por carta.

Explicar mi carta ahora

1. Antes de nada: ¿es de verdad de Hacienda?

Hay muchas estafas que imitan a la Agencia Tributaria. Fíjate en esto:

2. Los tipos de carta más habituales

El nombre del documento suele aparecer arriba, en el título. Estos son los más comunes:

Requerimiento

Te piden información o documentos

Hacienda quiere comprobar algo: facturas, un contrato, un justificante de un gasto que te desgravaste… Todavía no es una multa.

Plazo habitual: 10 días hábiles. Qué hacer: reunir lo que piden y enviarlo por la Sede electrónica, indicando la referencia de la carta.

Propuesta de liquidación

Hacienda cree que debes pagar más (o devolver)

Han revisado tu declaración y proponen corregirla. Es una propuesta: todavía puedes presentar alegaciones si no estás de acuerdo.

Plazo habitual: 10 días hábiles para alegar. Qué hacer: revisar las cuentas. Si tienen razón, puedes esperar a la liquidación definitiva y pagar. Si no, alega aportando pruebas.

Liquidación provisional

La decisión ya está tomada y hay un importe a pagar

Es la decisión final de esa revisión. Incluye el importe y la fecha límite de pago. Si no estás de acuerdo, puedes presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa.

Plazo para recurrir: normalmente 1 mes. Ojo: recurrir no detiene el pago, salvo que pidas la suspensión.

Inicio de procedimiento sancionador

Te proponen una multa

Suele llegar después de una liquidación. Puedes alegar. En muchos casos hay reducciones si estás conforme y pagas a tiempo, y la propia carta te dice cuánto pagarías con descuento.

Providencia de apremio

No pagaste a tiempo y la deuda ha subido

Es la carta más urgente. La deuda ya tiene un recargo. Si tampoco pagas ahora, Hacienda puede embargar cuentas, nómina o devoluciones.

Qué hacer: pagar dentro del plazo de la carta (así el recargo se queda en el 10 %) o pedir un aplazamiento o fraccionamiento.

No recoger la carta no la anula. Si no se puede entregar, Hacienda puede publicar un anuncio en el BOE y la notificación se da por hecha. Los plazos empiezan a correr igual.

3. Cómo se cuentan los plazos

4. Cuándo hay que pagar una liquidación

Si la carta no dice otra cosa, el plazo para pagar en periodo voluntario depende del día en que la recibas:

La recibes entre…Puedes pagar hasta…
El día 1 y el 15 del mesEl día 20 del mes siguiente
El día 16 y el último del mesEl día 5 del segundo mes siguiente

Si el último día es festivo, pasa al siguiente día hábil.

5. Qué pasa si no haces nada

Si no pagas en plazo, la deuda pasa a periodo ejecutivo y se le suma un recargo:

RecargoCuándo se aplica
5 %Pagas toda la deuda antes de recibir la providencia de apremio.
10 %Pagas dentro del plazo que indica la providencia de apremio.
20 % + interesesPagas después de ese plazo.

Y si sigues sin pagar, llegan los embargos. Por eso, aunque no puedas pagar todo, conviene pedir un aplazamiento antes de que acabe el plazo.

6. Cómo responder o pagar

¿No sabes qué tipo de carta tienes?

Haz una foto y te lo decimos: tipo de carta, plazo exacto, importe, qué opciones tienes y un borrador de respuesta si hace falta. En español, inglés, rumano, árabe, urdu y más.

Explicar mi carta · 4,99 €

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días tengo para responder a una carta de Hacienda?

Depende del tipo de carta, y el plazo exacto viene escrito en ella. En requerimientos y propuestas de liquidación suele ser de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a recibirla.

¿Qué pasa si no recojo una carta certificada?

No recogerla no la anula. Hacienda puede publicar un anuncio en el BOE y dar la notificación por hecha, así que los plazos corren igualmente.

¿Cómo sé si es una estafa?

Comprueba el Código Seguro de Verificación (CSV) en la Sede electrónica. Hacienda no pide pagos por SMS, WhatsApp ni con enlaces en correos.

¿Puedo pagar a plazos?

Sí. Puedes pedir un aplazamiento o fraccionamiento en la Sede electrónica. Conviene hacerlo antes de que termine el plazo de pago.

Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Los plazos y condiciones exactos son los que aparecen en tu carta. Ante cualquier duda importante, consulta con un asesor fiscal o con la propia Agencia Tributaria.