Me ha llegado una carta de Hacienda: qué significa y qué hacer
Actualizado: octubre de 2026 · Lectura: 6 minutos
Recibir una carta de la Agencia Tributaria asusta, pero la mayoría tienen solución si actúas a tiempo. Aquí te explicamos, en palabras sencillas, qué tipo de carta puede ser, qué plazo tienes y qué pasa si no haces nada.
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Explicar mi carta ahora1. Antes de nada: ¿es de verdad de Hacienda?
Hay muchas estafas que imitan a la Agencia Tributaria. Fíjate en esto:
- Las cartas reales llevan un Código Seguro de Verificación (CSV). Puedes comprobarlo en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la opción de cotejo de documentos por CSV.
- Hacienda no pide pagos por SMS, WhatsApp ni con enlaces en un correo. Si te piden pagar a una cuenta a nombre de una persona, es una estafa.
- Si tienes dudas, entra tú directamente en la Sede electrónica, sin usar los enlaces del mensaje.
2. Los tipos de carta más habituales
El nombre del documento suele aparecer arriba, en el título. Estos son los más comunes:
Te piden información o documentos
Hacienda quiere comprobar algo: facturas, un contrato, un justificante de un gasto que te desgravaste… Todavía no es una multa.
Plazo habitual: 10 días hábiles. Qué hacer: reunir lo que piden y enviarlo por la Sede electrónica, indicando la referencia de la carta.
Hacienda cree que debes pagar más (o devolver)
Han revisado tu declaración y proponen corregirla. Es una propuesta: todavía puedes presentar alegaciones si no estás de acuerdo.
Plazo habitual: 10 días hábiles para alegar. Qué hacer: revisar las cuentas. Si tienen razón, puedes esperar a la liquidación definitiva y pagar. Si no, alega aportando pruebas.
La decisión ya está tomada y hay un importe a pagar
Es la decisión final de esa revisión. Incluye el importe y la fecha límite de pago. Si no estás de acuerdo, puedes presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa.
Plazo para recurrir: normalmente 1 mes. Ojo: recurrir no detiene el pago, salvo que pidas la suspensión.
Te proponen una multa
Suele llegar después de una liquidación. Puedes alegar. En muchos casos hay reducciones si estás conforme y pagas a tiempo, y la propia carta te dice cuánto pagarías con descuento.
No pagaste a tiempo y la deuda ha subido
Es la carta más urgente. La deuda ya tiene un recargo. Si tampoco pagas ahora, Hacienda puede embargar cuentas, nómina o devoluciones.
Qué hacer: pagar dentro del plazo de la carta (así el recargo se queda en el 10 %) o pedir un aplazamiento o fraccionamiento.
3. Cómo se cuentan los plazos
- Se empieza a contar el día siguiente a recibir la carta (o a abrirla, si es una notificación electrónica).
- Días hábiles = sin sábados, domingos ni festivos.
- Si te llega una notificación electrónica y no la abres, pasados 10 días naturales se da por notificada.
4. Cuándo hay que pagar una liquidación
Si la carta no dice otra cosa, el plazo para pagar en periodo voluntario depende del día en que la recibas:
| La recibes entre… | Puedes pagar hasta… |
|---|---|
| El día 1 y el 15 del mes | El día 20 del mes siguiente |
| El día 16 y el último del mes | El día 5 del segundo mes siguiente |
Si el último día es festivo, pasa al siguiente día hábil.
5. Qué pasa si no haces nada
Si no pagas en plazo, la deuda pasa a periodo ejecutivo y se le suma un recargo:
| Recargo | Cuándo se aplica |
|---|---|
| 5 % | Pagas toda la deuda antes de recibir la providencia de apremio. |
| 10 % | Pagas dentro del plazo que indica la providencia de apremio. |
| 20 % + intereses | Pagas después de ese plazo. |
Y si sigues sin pagar, llegan los embargos. Por eso, aunque no puedas pagar todo, conviene pedir un aplazamiento antes de que acabe el plazo.
6. Cómo responder o pagar
- Por internet: en la Sede electrónica, con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Busca el trámite por la referencia o el número de expediente de tu carta.
- En persona: pidiendo cita previa en una oficina de la Agencia Tributaria.
- Para pagar: la carta suele incluir un documento de ingreso con el que puedes pagar en tu banco o por internet.
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Haz una foto y te lo decimos: tipo de carta, plazo exacto, importe, qué opciones tienes y un borrador de respuesta si hace falta. En español, inglés, rumano, árabe, urdu y más.
Explicar mi carta · 4,99 €Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tengo para responder a una carta de Hacienda?
Depende del tipo de carta, y el plazo exacto viene escrito en ella. En requerimientos y propuestas de liquidación suele ser de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a recibirla.
¿Qué pasa si no recojo una carta certificada?
No recogerla no la anula. Hacienda puede publicar un anuncio en el BOE y dar la notificación por hecha, así que los plazos corren igualmente.
¿Cómo sé si es una estafa?
Comprueba el Código Seguro de Verificación (CSV) en la Sede electrónica. Hacienda no pide pagos por SMS, WhatsApp ni con enlaces en correos.
¿Puedo pagar a plazos?
Sí. Puedes pedir un aplazamiento o fraccionamiento en la Sede electrónica. Conviene hacerlo antes de que termine el plazo de pago.
Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Los plazos y condiciones exactos son los que aparecen en tu carta. Ante cualquier duda importante, consulta con un asesor fiscal o con la propia Agencia Tributaria.